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En vigor nuevas disposiciones en subcontratación

Armando Téllez Flores

En vigor nuevas disposiciones en subcontratación
Septiembre 03, 2021 23:33 hrs.
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YA ESTAN VIGENTES LAS NUEVAS DISPOSICIONES EN MATERIA DE SUBCONTRATACION Y CON ELLO VARIAS IMPLICACIONES PENALES EN CASO DE SIMULAR SERVICIOS

+Concurso Periodístico sobre Migración Laboral

+Juicios políticos no debe emplearse con opositores


A partir del día primero este mes, todas las nuevas disposiciones en materia de subcontratación están vigentes y, con ello, las implicaciones penales en caso de simular servicios especializados o firmar contratos para suministro de personal; asimismo, vencieron los nuevos plazos previstos para la regularización de las empresas que tenían contratos de subcontratación laboral y para los negocios que desean prestar servicios especializados en el mercado. Al mismo tiempo, entraron en vigor todas las disposiciones de seguridad social y de materia fiscal.



La CTM publicó en su medio de comunicación que entre las nuevas reglas aplicables está la subcontratación laboral o la simulación de los servicios especializados que se equipara a delito de defraudación fiscal que puede ser castigado hasta con nueve años de prisión, según el Código Fiscal de la Federación.
Además, las facturas por concepto de suministro de personal o de subcontratación de servicios especializados que no cuenten con la inscripción al Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (Repse) pierden sus efectos para deducibilidad.

A partir del 1 de septiembre todos los contratos de tercerización deben contar con el registro en el padrón público operado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) para que las facturas emitidas por los contratistas tengan efectos de deducibilidad y acreditamiento ante el ISR y el IVA.

La reforma de subcontratación contempló la modificación a ocho ordenamientos legales, con ello, desde abril quedó prohibido el outsourcing basado en suministro de personal. Los cambios en la legislación establecieron nuevas reglas para la subcontratación, como la tercerización de servicios, siempre que no formen parte del objeto social y actividad económica preponderante del cliente y que el contratista cuente con el Repse.

Las modificaciones al esquema de subcontratación también incorpora ron las multas por incumplimiento más elevadas en la historia de la legislación laboral.

La empresa que preste o se beneficie de servicios especializados que no cuenten con el registro ante la STPS, puede ser sancionada con una multa de hasta 4 millones 481,000 pesos.

Según la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) refiere que más de 100,000 empresas han iniciado el trámite en el Repse, de las cuales 65,000 ya lo concluyeron.

A partir de este mes, entre las nuevas obligaciones que deben cumplir las empresas que se dedican a ofrecer servicios especializados se encuentran los informes cuatrimestrales sobre los contratos celebrados que deben entregar al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit). El 17 de septiembre es la fecha límite para entregar el primer reporte.

Los reportes cuatrimestrales son una nueva regla que deberán seguir las empresas de subcontratación, estos reportes deberán compartirse con las autoridades en enero, mayo y septiembre de cada año.

Este rol que asumirán las empresas que subcontraten servicios está vinculado a la inclusión en la legislación de la responsabilidad solidaria que tienen los clientes con los trabajadores que pone a disposición el contratista.

Algunos especialistas coinciden en que el siguiente escenario no está exento de una ola de amparos debido a las dudas y diferentes interpretaciones en torno a las nuevas reglas.

La Ley Federal del Trabajo (LFT) prohíbe expresamente la subcontratación laboral entendida como poner trabajadores propios a disposición de otra empresa. Sin embargo, los lineamientos del Repse indican que los servicios especializados son aquéllos que se prestan poniendo a disposición trabajadores propios en beneficio del cliente.

En diversos foros, la STPS ha explicado que ’poner a disposición trabajadores en beneficio de otra’ se entiende cuando un contratista envía al centro de trabajo del cliente a sus trabajadores para cumplir con las actividades establecidas en el contrato.

Ante este panorama, es probable que las empresas de algunos sectores como el de construcción y comercio se amparen ante la aplicación de la reforma….

¡EL CONCURSO MUNDIAL DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOBRE MIGRACION LABORAL YA ESTA ABIERTO ¡

El Concurso tiene como objetivo reconocer los informes justos y equilibrados de los medios de comunicación que contribuyen a la eliminación de la percepción errónea del público, la xenofobia y la discriminación contra los trabajadores migrantes y destacar las contribuciones positivas que hacen.

Este año, la cobertura mediática específica del impacto de la COVID-19 en la migración laboral y la contratación justa, incluidas las contribuciones de los trabajadores migrantes de cuidado, será vista favorablemente, así como las historias sobre los trabajadores domésticos migrantes para conmemorar el 10 aniversario del Convenio de la OIT sobre los trabajadores domésticos, 2011 (núme. 189).

El concurso está abierto a ambos periodistas profesionales y estudiantes. Los ganadores serán seleccionados por un panel de expertos en migración internacional y periodismo, basados en la creatividad, la precisión y el equilibrio, la protección de los migrantes y la representación positiva de la migración laboral (ver Términos y Condiciones para más detalles).

Cómo participar

Complete el formulario de inscripción en línea como participante "profesional" o "estudiante". Puedes enviar tu pieza en los siguientes formatos: prensa escrita, ensayo fotográfico, multimedia, podcast, video y/o radio. Los estudiantes pueden enviar un artículo de prensa publicado o no publicado. Ver el completoTérminos y condiciones para más detalles.

Fechas clave

15 de octubre de 2021 (23:59, hora de Europa Central): Fecha límite para las presentaciones, a través del formulario de inscripción en línea.

18 de diciembre de 2021: Los ganadores del concurso se anunciarán para celebrar el Día Internacional del Migrante (los ganadores serán contactados con anticipación)

Premios

El concurso otorgará tres premios profesionales y un premio estudiantil. Los ganadores podrán elegir entre dinero en efectivo (USD 1,200 en la categoría profesional y USD 500 para la categoría de estudiante) o una beca pagada para participar en un online Curso ITC-Turín sobre un tema de contratación justa o migración laboral en 2022 (consulte los Términos y condiciones completos para obtener más detalles).

Para más información...

Para obtener más información sobre los concursos actuales y anteriores, consulte la página del Concurso Mundial de Medios de Comunicación y para obtener más información sobre la participación de la OIT en los medios de comunicación en cuestiones de contratación justa y trabajo forzoso, visite la página dedicada.

JUICIOS POLÍTICOS NO DEBEN SER USADOS PARA PERSEGUIR A OPOSITORES: GPPRI

En el Partido Revolucionario Institucional (PRI) creemos que el juicio político debe ser una garantía del sistema constitucional, para sancionar a los servidores públicos que incumplan con sus responsabilidades, pero no podemos avalar un proyecto que responde a presiones políticas, porque en la premura, está el riesgo de afectar la gobernabilidad de nuestro país, afirmó Ana Lilia Herrera, diputada federal del Grupo Parlamentario de este instituto político.

Al presentar una moción suspensiva a la Iniciativa con dispensa de trámite por la que se expide la Ley Federal de Juicio Político y Declaración de Procedencia, que fue desechada por mayoría, la legisladora manifestó la preocupación de su bancada por las gestiones procedimentales tan atropelladas que el grupo parlamentario de Morena y sus aliados proponen, para discutir temas de gran relevancia para el país, brincándose procesos legislativos, rescatando propuestas de legislaturas pasadas y evitando los debates en comisiones.

Posteriormente, al anunciar que el tricolor votaría en contra de la iniciativa, por ser un albazo de Morena y sus aliados, el diputado Marco Antonio Mendoza advirtió que el GPPRI no puede permitir que el Poder Legislativo se transforme en un órgano de revanchismo político, que utilice los procedimientos constitucionales como vendettas personales. Expuso que no se trata de un texto jurídico, sino político, cuyos vacíos legales y deficiencias se transforman en un potencial peligro para la estabilidad del país.

El representante del partido tricolor hizo un llamado a la prudencia y a realizar un análisis a fondo, a fin de generar una nueva propuesta, que no violente la Constitución, ya que la iniciativa presenta deficiencias que vulneran los principios más básicos de los derechos fundamentales, violenta el debido proceso y atenta contra la separación de poderes. Ejemplificó que se plantea la creación de un tribunal especial para juzgar penalmente al Presidente ante el Senado, lo ue está prohibido por la Carta Magna.

Por su parte, Pablo Angulo Briceño consideró que la expedición de la Ley en discusión marca una línea que pretende definir una agenda política para el final del sexenio, en la cual se corre el riesgo de establecer directrices para proteger a allegados y perseguir a la oposición.

En primer lugar, indicó, la iniciativa quebranta la lógica interna del principio de división de poderes, así como los mecanismos para mantener su equilibrio, ya que busca transgredir los principios de soberanía de las entidades federativas, anteponiendo un interés profundamente anti-federalista e inconstitucional.

’Estamos aquí para crear leyes que sirvan a la gente, bien pensadas, debatidas, producto de deliberaciones en parlamentos abiertos. No nos prestamos a legislar con el sello de la sumisión que caracteriza a la mayoría oficialista, aprobando leyes hechas a modo, con prisas, con errores, que las convierten en normas impugnables y, por tanto, inservibles’, enfatizó Ana Lilia Herrera, en una segunda intervención.

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